Abordaje integral de personas víctimas de violencia de género

Se incorpora al Programa Médico Obligatorio la cobertura integral para las personas víctimas de violencia de género.

Las obras sociales, los prestadores de salud y los organismos incluidos en la Ley 27.696 deben coordinar con las instancias nacionales, provinciales y locales que tengan programas para la atención de la violencia de género para garantizar que la atención integral de las víctimas se haga siguiendo las indicaciones adecuadas. 

Violencia de género

Se entiende por violencia de género cualquier conducta que ataque:
- Tu vida.
- Tu libertad.
- Tu dignidad.
- Tu integridad física, psicológica o sexual.
- Tu situación económica.
- Tu seguridad personal.
- Tu participación política.

Para conocer sobre violencia de género podes ver la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres.